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fiscalidad24 de diciembre de 20269 min lectura

Alquilar garaje o trastero junto con la vivienda: cómo declararlo en el IRPF

Guía práctica sobre alquiler garaje trastero junto vivienda IRPF: cuándo se declara todo junto, ejemplos, reducción, gastos y errores frecuentes.

Muchos alquileres no incluyen solo la vivienda. A veces el contrato añade una plaza de garaje, un trastero o ambos. Y entonces aparece una duda lógica: ¿cómo se declara en el IRPF el alquiler de garaje o trastero junto con la vivienda?

La respuesta depende de si esos anexos se alquilan de forma conjunta con la vivienda o por separado. La diferencia importa porque afecta a ingresos, gastos e incluso al tratamiento de la reducción aplicable al alquiler de vivienda.

Alquiler garaje trastero junto vivienda IRPF: respuesta rápida

Cuando el garaje o trastero se alquilan junto con la vivienda y forman parte del mismo contrato de arrendamiento, normalmente se declaran dentro del rendimiento del capital inmobiliario asociado a ese alquiler.

La situación más clara es:

  • Un único contrato.
  • Una vivienda destinada a residencia del inquilino.
  • Garaje o trastero incluidos como anexos.
  • Una renta total o conceptos separados dentro del mismo contrato.

Si el garaje se alquila a otra persona, en otro contrato y sin relación con la vivienda, ya no estamos ante el mismo caso.

Por qué conviene separar bien los escenarios

Fiscalmente no basta con decir “tengo un garaje alquilado”. Hay que mirar cómo se alquila.

Escenario 1:

  • Piso + garaje + trastero al mismo inquilino.
  • Todo en el mismo contrato.
  • Uso como vivienda habitual.

Escenario 2:

  • Piso alquilado a una familia.
  • Garaje alquilado a un vecino distinto.
  • Contratos separados.

Escenario 3:

  • Trastero alquilado suelto a una persona que no vive en el inmueble.

Los tres generan ingresos, pero no tienen por qué tener el mismo tratamiento práctico en la declaración. El primer caso es el más integrado en el alquiler de vivienda. Los otros requieren separar rendimientos, gastos y documentación.

Ejemplo 1: vivienda con garaje incluido en una renta única

Imagina un contrato así:

  • Vivienda: incluida.
  • Garaje: incluido.
  • Renta mensual total: 950 euros.
  • Contrato anual completo.

Ingresos:

  • 950 x 12 = 11.400 euros.

Si el contrato no separa importes, declararás el ingreso total del arrendamiento. Después restarás los gastos vinculados al inmueble y anexos si corresponde.

Ejemplo de gastos:

  • IBI vivienda: 420 euros.
  • Comunidad vivienda: 780 euros.
  • Comunidad garaje: 120 euros.
  • Seguro hogar: 210 euros.
  • Reparación puerta garaje asumida por propietario: 90 euros.

Gastos totales:

  • 420 + 780 + 120 + 210 + 90 = 1.620 euros.

Rendimiento antes de otras reglas:

  • 11.400 - 1.620 = 9.780 euros.

La clave es que los gastos del garaje estén realmente vinculados al anexo alquilado junto con la vivienda.

Ejemplo 2: renta separada dentro del mismo contrato

Otro contrato puede decir:

  • Vivienda: 850 euros.
  • Garaje: 80 euros.
  • Trastero: 30 euros.
  • Total mensual: 960 euros.

Ingresos anuales:

  • Vivienda: 10.200 euros.
  • Garaje: 960 euros.
  • Trastero: 360 euros.
  • Total: 11.520 euros.

Aunque el contrato desglose importes, si todo se arrienda conjuntamente al mismo inquilino como parte del uso de la vivienda, se analiza de forma integrada en muchos casos prácticos. Aun así, tener el desglose ayuda a entender la rentabilidad de cada elemento.

Si más adelante decides alquilar el garaje por separado, ese desglose histórico también te sirve como referencia.

Garaje alquilado por separado

Aquí cambia la película.

Ejemplo:

  • Piso alquilado a un inquilino por 850 euros.
  • Garaje alquilado a un vecino por 90 euros.
  • Contratos distintos.

Ingresos anuales:

  • Piso: 10.200 euros.
  • Garaje: 1.080 euros.

No conviene mezclarlo todo como si fuera un único alquiler de vivienda. El garaje tiene su propio contrato, su propio inquilino y sus propios gastos.

Además, si el garaje no se alquila como anexo de una vivienda habitual, puede no beneficiarse de las mismas reglas que el alquiler de vivienda. Este punto es importante si estás pensando en la reducción del alquiler en el IRPF.

Para entender esa reducción, revisa la guía de reducción del alquiler en el IRPF.

Mini conclusión práctica

Garaje incluido con la vivienda no es lo mismo que garaje alquilado suelto. La documentación debe reflejar la realidad, porque de ahí sale el tratamiento fiscal.

Qué gastos puedes asociar al garaje o trastero

Si el garaje o trastero forman parte del alquiler, puedes tener gastos específicos:

  • Comunidad de la plaza.
  • IBI separado si existe.
  • Reparaciones de puerta o mando.
  • Seguro si hay cobertura específica.
  • Gastos de administración.

Si los gastos vienen en recibos separados, mejor. Si vienen mezclados con la vivienda, conviene guardar el desglose de la comunidad o los recibos donde se identifique cada elemento.

Ejemplo:

  • Comunidad vivienda: 65 euros al mes.
  • Comunidad garaje: 10 euros al mes.
  • Total anual: 900 euros.

Puedes registrar:

  • Vivienda: 780 euros.
  • Garaje: 120 euros.

Esto no solo ayuda fiscalmente; también te permite saber si el garaje compensa o si apenas cubre sus costes.

Qué pasa si el garaje está vacío parte del año

Puede ocurrir que alquiles la vivienda sin garaje durante unos meses y luego incluyas la plaza en un nuevo contrato. O al revés: que el inquilino deje de usar la plaza pero siga en la vivienda.

Ejemplo:

  • Vivienda alquilada todo el año: 900 euros al mes.
  • Garaje incluido solo desde julio: 70 euros al mes.
  • Comunidad garaje: 120 euros anuales.

Ingresos garaje:

  • 70 x 6 = 420 euros.

Gasto de comunidad del garaje:

  • Si se imputa solo al periodo alquilado: 120 x 6/12 = 60 euros.

Este tipo de prorrateo puede ser útil cuando quieres que los gastos reflejen el periodo real de alquiler.

Contrato: cómo dejarlo claro

El contrato debería indicar si el garaje o trastero se incluyen como anexos de la vivienda. También conviene identificar:

  • Número de plaza.
  • Ubicación del trastero.
  • Si el uso está incluido en la renta.
  • Si hay renta separada.
  • Quién paga comunidad, suministros o mandos.

No es solo una cuestión fiscal. Si no está claro, también puedes tener problemas de gestión con el inquilino.

Ejemplo de redacción práctica:

“La vivienda se arrienda junto con la plaza de garaje número 14 y el trastero número 8, incluidos en la renta mensual pactada.”

O, si hay desglose:

“La renta mensual asciende a 900 euros por vivienda, 70 euros por plaza de garaje y 30 euros por trastero.”

Garaje, trastero y reducción por alquiler de vivienda

La reducción del alquiler de vivienda es uno de los puntos que más dudas genera cuando hay anexos. La pregunta típica es: si alquilo vivienda habitual con garaje incluido, ¿la reducción afecta también a esa parte?

La respuesta práctica es que hay que distinguir si el garaje o trastero forman parte del arrendamiento de vivienda o si son contratos independientes. Cuando son anexos incluidos en el mismo contrato y al servicio de la vivienda habitual del inquilino, el tratamiento suele analizarse junto con el alquiler principal.

Ejemplo:

  • Vivienda habitual del inquilino.
  • Garaje incluido en el mismo contrato.
  • Renta total: 1.000 euros.

Este escenario no es igual que alquilar una plaza a una persona que solo necesita aparcar. En el primer caso el garaje acompaña al uso residencial. En el segundo, el garaje es un alquiler independiente.

Aun así, si el contrato desglosa importes, conviene conservar ese detalle. Puede ser útil para justificar el cálculo, entender la rentabilidad y separar situaciones si cambia el uso.

Para profundizar en los porcentajes y requisitos, revisa la guía de reducción del alquiler en el IRPF.

Si compras o vendes el garaje separado de la vivienda

No todos los anexos tienen la misma historia registral. A veces la plaza de garaje tiene finca registral propia, referencia catastral distinta o incluso se compró en otro momento. Eso no impide alquilarla con la vivienda, pero sí hace más importante ordenar bien los gastos y datos.

Ejemplo:

  • Vivienda comprada en 2018.
  • Garaje comprado en 2021.
  • Ambos alquilados juntos desde 2026.

En tus números internos deberías separar:

  • Coste de adquisición de la vivienda.
  • Coste de adquisición del garaje.
  • Gastos propios de cada elemento.
  • Ingresos si el contrato los desglosa.

Esta separación ayuda especialmente con amortizaciones, gastos de comunidad e IBI. Si todo se mezcla, puedes acabar calculando mal la rentabilidad o asignando gastos donde no corresponden.

Si el inquilino renuncia al garaje

Puede pasar que el contrato empiece con vivienda y garaje, pero después el inquilino deje de necesitar la plaza. Si firmáis un anexo reduciendo la renta o excluyendo el garaje, conviene reflejarlo por escrito.

Ejemplo:

  • Enero a junio: vivienda + garaje por 980 euros.
  • Desde julio: solo vivienda por 910 euros.
  • Garaje queda vacío.

Ingresos:

  • 6 x 980 = 5.880 euros.
  • 6 x 910 = 5.460 euros.
  • Total: 11.340 euros.

La comunidad del garaje, si ya no está alquilado desde julio y no se alquila a nadie, puede requerir prorrateo o al menos revisión del criterio de deducción. Lo importante es que tus números sigan la realidad del contrato.

Errores frecuentes

Aplicar el mismo criterio a todos los garajes

No es lo mismo anexo de vivienda que alquiler independiente.

No declarar el garaje porque “va aparte”

Si cobras por él, hay ingreso que declarar.

Deducir gastos del garaje aunque no esté alquilado

Si está vacío y sin vinculación real con un alquiler, revisa el criterio antes de deducir.

No identificar la plaza en el contrato

Puede generar confusión si hay varias plazas o cambios de inquilino.

Mezclar ingresos de distintos contratos

Cada contrato debe poder entenderse por separado.

Cómo llevarlo en tus números

Aunque declares de forma integrada cuando proceda, internamente conviene separar:

  • Renta vivienda.
  • Renta garaje.
  • Renta trastero.
  • Gastos vivienda.
  • Gastos garaje.
  • Gastos trastero.

Así puedes calcular mejor la rentabilidad real. Puede que el piso sea rentable, pero el garaje apenas aporte. O puede que el garaje suba mucho el atractivo del alquiler aunque su ingreso directo sea pequeño.

Para ver cómo se integran ingresos y gastos en el resultado final, puedes usar como referencia la guía de cómo declarar el alquiler en la Renta 2026 paso a paso.

Cierre práctico

Alquilar garaje o trastero junto con la vivienda no suele ser complicado si el contrato está claro. Si son anexos del mismo alquiler y del mismo inquilino, normalmente se tratan dentro del rendimiento del arrendamiento. Si se alquilan por separado, conviene separarlo todo: contrato, ingresos, gastos y criterio fiscal.

La regla práctica es documentar la realidad. Un contrato claro, gastos bien asignados y números separados te evitan dudas cuando llega la renta y te ayudan a saber cuánto aporta de verdad cada parte del inmueble.

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